Dwa Consultores

Obligación de contratación de personas con discapacidad en empresas en Colombia

La Ley 2466 de 2025 en Colombia, parte de la reforma laboral, establece la obligación para empresas de contratar personas con discapacidad, buscando la inclusión laboral y garantizando la igualdad de oportunidades. A partir de junio de 2026, las empresas con más de 100 empleados deberán cumplir cuotas mínimas, con sanciones por incumplimiento. 

Aspectos clave de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral):

  • Obligatoriedad: Se exige contratar personas con discapacidad, reconociendo sus habilidades y promoviendo su autonomía.
  • Cuotas de contratación: Las empresas con hasta 500 trabajadores deben contratar al menos a 2 personas con discapacidad por cada 100 empleados; más de 500 trabajadores implica 1 persona adicional por cada nuevo tramo de 100.
  • Transición y vigencia: El cumplimiento es obligatorio desde el segundo año de vigencia (a partir del 25 de junio de 2026).
  • Requisitos del empleado: La persona con discapacidad debe tener una certificación de discapacidad vigente y estar inscrita en el registro correspondiente. Cada empresa debe gestionar ante la Secretaria de Salud del municipio donde están adscritos.
  • Ajustes razonables: Las empresas deben adaptar los lugares y condiciones de trabajo, considerando los distintos tipos de discapacidad (física, mental, intelectual, sensorial).
  • Sanciones: El incumplimiento puede generar multas impuestas por el Ministerio de Trabajo, oscilando entre 1 y 5.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV).
  • Fiscalización: El Ministerio del Trabajo vigilará la contratación y el reporte de los contratos. 

Esta ley busca superar barreras de exclusión y fomentar un entorno laboral diverso e inclusivo.